6 DE JUNIO DE 2023

¿Cuál es el monto del Bono Invierno adicional que anunció el Presidente?

El incremento extraordinario del aporte estatal busca complementar el monto entregado en mayo.

Firma de proyecto de ley de aporte extraordinario para el Bono Invierno 2023

Esta mañana el Presidente Gabriel Boric encabezó la firma del proyecto de ley que establece un aporte extraordinario para el Bono Invierno duplicado, actividad que contó con la participación de la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.

El Bono Invierno se entrega todos los años y se regula en cada periodo a través de la ley de remuneraciones de las y los trabajadores del sector público.

Este 2023, el pago del Bono Invierno correspondió a $74.767, el que se pagó en mayo de 2023 a cerca de 1,6 millones de personas. Puedes revisar si te corresponde el Bono Invierno con tu RUT.

En este contexto, el mandatario anunció en su segunda Cuenta Pública, celebrada el 1 de junio, un aporte extraordinario del Bono Invierno para complementar el monto ya entregado en mayo.

 

"Confío en que este proyecto va a ser tramitado con rapidez por el Congreso y yo creo que nadie se podría oponer a algo de estas características, que va en directa ayuda a las personas mayores", Presidente Gabriel Boric.

¿Quieres saber cuál sería el nuevo monto del Bono Invierno 2023? Te recomendamos seguir leyendo para averiguarlo.

¿Cuál es el valor del Bono Invierno duplicado?

El pasado 1 de junio, el Presidente Boric se comprometió a complementar el Bono Invierno 2023 con un monto de $60.000, el que se entregaría una vez aprobado el proyecto de ley en el Congreso.

Con lo anterior, se llegará a un valor cercano al del Bono Invierno duplicado, el que alcanzará los 134.767 si se suma a los más de $70.000 entregados en mayo.

¿Quiénes recibirán el aporte extraordinario del Bono Invierno 2023?

Las personas que recibirán el aporte extraordinario del Bono Invierno 2023 son:

  • Los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº16.744, cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº15.386, para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio;
  • Los pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, conforme al título VII de dicho cuerpo legal; 
  • Los pensionados del sistema establecido en el referido decreto ley que se encuentren percibiendo un aporte previsional solidario de vejez, cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº15.386, para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio; 
  • Los beneficiarios de la pensión garantizada universal, siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional; 
  • Los pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una pensión garantizada universal y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº15.386, para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.

 

"Esta es una medida que es un apoyo, pero no es la solución definitiva. La solución definitiva pasa por mejorar las pensiones de los trabajadores y trabajadoras de nuestra patria, de quienes se han descrestado trabajando toda su vida y, sin embargo, hoy reciben pensiones que no les alcanzan para vivir", Presidente Gabriel Boric.

 

También puedes conocer más sobre el Bono Invierno 2023 y quiénes lo reciben.