Habilitación
Volver al inicio

¿Qué es la habilitación?

¿Qué son las calidades habilitantes?

Son condiciones que te permiten permanecer por más de 30 días en el territorio especial, estas condiciones son las llamadas “Calidades Habilitantes”.

El procedimiento de habilitación está a cargo de la Gobernación Provincial de Isla de Pascua

Grupo familiar: Padre o Madre de una persona perteneciente a, pueblo Rapa Nui o una persona habilitada.

El cónyuge, conviviente civil o de hecho de una persona perteneciente al pueblo Rapa Nui o Habilitado.

Trabajadores: Contratados para desempeñarse o que realicen una actividad económica independiente en la isla.

Funcionarios Públicos: Personas contratadas por órganos o empresas del Estado. Personas que ejerzan una función pública o en el poder judicial.

Funciones Públicas: Personas que cumplan en la isla funciones especiales por cuenta de un concesionario de servicio público o de una persona que haya celebrado un contrato con el Estado y deba ejecutarlo en Rapa Nui.

Investigadores: Que se encuentren desarrollando un proyecto de investigación relacionada con la isla y que cuenten con el apoyo de una universidad o de la Conicyt.

Precandidatos y candidatos: Inscritos en el registro especial en el Registro Electoral podrán permanecer hasta la publicación de la sentencia de proclamación dictada por el Tricel o Tribunal Electoral, según corresponda.

Autoridades: Las personas que desempeñan cargos de elección popular, desde la dictación de la sentencia de proclamación hasta la cesación del cargo.

¿Cómo obtengo la habilitación?

La Gobernación Provincial de Isla de Pascua es la encargada de llevar a cabo este procedimiento.

Las personas interesadas deben realizar su solicitud en dicha gobernación, dentro del plazo que corresponda, y deben adjuntar toda la documentación requerida dependiendo de la calidad habilitante que invoquen.