19 DE MARZO DE 2015

Más probidad y transparencia: Los nuevos estándares que conlleva el Instructivo firmado por la Presidenta

El Instructivo Presidencial sobre las Buenas Prácticas en Materia de Declaración de Intereses y de Patrimonio contribuirá a regular de manera estricta y eficaz las relaciones entre dinero y política.

La Presidenta de la República, Michelle Bachelet, firmó hoy un Instructivo Presidencial sobre las Buenas Prácticas en Materia de Declaración de Intereses y de Patrimonio.

Así como la conformación del  Consejo Asesor Presidencial contra los conflictos de interés, el tráfico de influencias y la corrupción, esta medida constituye uno de los compromisos de la Presidenta Bachelet para responder a los estándares de transparencia y probidad que la ciudadanía legítimamente demanda.

El instructivo permitirá elevar los estándares de transparencia en el Gobierno y en diversas reparticiones del Estado. El objetivo es que todas las autoridades -sin excepción alguna- rindan cuenta con plena a transparencia de sus bienes, patrimonio y cómo éste evoluciona mientras estén desempeñando sus cargos.

El instructivo establece que las declaraciones deben tener información completa y veraz sobre la totalidad de activos, pasivos e intereses de quienes las presentan. Además del contenido que actualmente estipula la ley, contempla:

• La totalidad de actividades profesionales y económicas de quien declara, remuneradas o no, en las que haya participado durante los dos años anteriores a asumir su cargo.

• La tasación fiscal y valor comercial de inmuebles y vehículos.

• La participación en comunidades, sociedades o empresas y el valor comercial de esos derechos. Pero si además los derechos o acciones le permiten influir decisivamente en la administración de una sociedad, comunidad o empresa, deberá indicar bienes, derechos y acciones que pertenezcan a ella.

• Transparentar los créditos o deudas a partir de cierta cantidad, con el monto y el nombre o razón social del acreedor, así como los depósitos y cuentas bancarias de funcionarios o autoridades, con los montos correspondientes.

El instructivo, además, amplía el universo de autoridades y funcionarios que deben presentar su declaración de patrimonio e intereses. Será obligatoria para:

• Trabajadores contratados a honorarios en los Ministerios, servicios o gobiernos regionales, sobre un monto de remuneraciones determinado.

• Eso también vale para el personal de la Presidencia, incluyendo a quien cumpla la tarea de director o directora Sociocultural, independiente de que reciba o no remuneración por sus funciones.

• Deberán entregar su declaración quienes tengan cargos directivos en corporaciones, fundaciones con participación mayoritaria del Estado, así como los directivos de empresas y sociedades en las que el Estado participe con un capital mayoritario o en igual proporción que los otros socios.

• Estas buenas prácticas deben instalarse, de igual manera, entre los rectores e integrantes de las direcciones en las universidades del Estado.

Las actualizaciones deberán realizarse anualmente, de existir un hecho relevante que declarar, antes del 11 de Marzo. Por tratarse de la primera vez, de manera excepcional deberá presentarse antes del 30 de abril.

Toda la documentación mencionada constará en un sitio electrónico con datos abiertos, es decir, que cualquier ciudadano o ciudadana podrá consultar las declaraciones de funcionarios y autoridades.

Junto con el instructivo, se envió hoy al Congreso un proyecto de reforma constitucional para que los Presidentes y Presidentas de la República estemos obligados a presentar declaraciones de patrimonio e intereses de por vida. “Y yo seré la primera en dar cuenta al país a partir de este nuevo estándar”, afirmó la Presidenta durante la ceremonia.

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