12 DE FEBRERO DE 2020

A un año de la implementación de la "Ley de tenencia responsable de mascotas" más de 1 millón de animales han sido inscritos

Hoy se cumple un año de la obligatoriedad de inscribir a mascotas como perros o gatos en el Registro Nacional de Mascotas y de identicarlos con un microchip que incluya sus datos y los de su dueño. 

Este 12 de febrero se cumple un año desde que empezó a regir la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas, conocida también como la "Ley Cholito", la cual obliga a los dueños de los animales de compañía a inscribirlos en el Registro Nacional de Mascotas. Hasta hoy, y según el balance de la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere), ya existe 1 millón 196 mil mascotas, entre perros y gatos, inscritos en el Registro.

Además, para cumplir con la ley, los dueños deben implantar un dispositivo electrónico subcutáneo (microchip) en los animales en cuyo interior tenga los datos del humano responsable y los de la mascota. Esto con el propósito de que los animales puedan ser identificados y localizados en caso de extravío o robo.. Entre las alternativas al chip estos pueden ser “un collar, chapita, tatuaje u otro que sea adecuado para la especie y tamaño”, según indica www.registratumascota.cl.

En el registro oficial son hasta ahora 738.832 las personas que figuran como tenedores de perros y gatos en Chile. Pero el listado también incluye otros 10 mil animales que no tienen dueños, de los que 4 mil fueron chipeados por municipios y otros 6 mil son animales "comunitarios", es decir, alimentados por vecinos de un sector en específico.

 

Datos relevantes de ley
  1. El registro de animales de compañía se realiza en la plataforma web www.registratumascota.cl o de forma presencial en el municipio correspondiente con un certificado de existencia que entrega un médico veterinario. Independiente de la forma que se realice el registro, el municipio debe otorgar un certificado de registro al tenedor responsable.
  2. Las municipalidades tienen la obligación legal de atender todas las solicitudes de registro de inscripción de mascotas (perro o gato) que se efectúen en su respectiva comuna.
  3. Quienes adopten o compren una mascota después del 12 de febrero de 2019 tienen un plazo de 90 hábiles para realizar la inscripción correspondiente en el Registro.
  4. En el caso de las nueve razas de Perros Potencialmente Peligrosas (PPP) el plazo es de 15 días corridos desde que adquiere su calidad de tenedor responsable. Estas razas son: Rottweiler, Doberman, Pitbull, Dogo Argentino, Bullmastiff, Fila Brasileiro, Presa Canario, Presa Mallorquín y Tosa Inu.
  5. Quienes no inscriban a sus mascotas y no cumplan con el reglamento obligatorio de esta ley, arriesgan una multa que va entre 1 y 30 UTM.

 

¿Quiénes y cómo fiscalizan?

La ley manda a las municipalidades y a la autoridad sanitaria (Seremi de Salud) fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de todo tenedor y de las personas a cuyo cuidado se encuentre una mascota (hoteles caninos, centro veterinario, refugio, etc); esta labor la pueden desarrollar con apoyo de Carabineros de Chile. La ciudadanía también puede cooperar haciendo las denuncias correspondientes, de manera seria, responsable y preferentemente con antecedentes de respaldo ante un Juzgado de Policía Local.