15 DE JUNIO DE 2024

¿Qué beneficios tiene un trabajador a honorarios?

En la Operación Renta de abril de 2024, quienes pagaron sus cotizaciones por las rentas del 2023 obtendrán la nueva cobertura que se extenderá entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025.

Beneficios de trabajadores a honorarios.

La cotización obligatoria de los trabajadores a honorarios da acceso a todos los beneficios de seguridad social, asegurando la misma protección con la que cuentan las y los trabajadores dependientes.

Todas las trabajadoras y trabajadores que vean retenida su devolución y no se encuentren registrados como adherentes a una mutualidad privada, pasarán por defecto a estar adheridos al Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

El ISL es la entidad pública encargada de administrar el Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

A contar del 2019 comienza a regir la ley N° 21.133 que incorpora obligatoriedad de cotizar a las y los trabajadores a honorarios a los Sistemas de Protección Social y reciben el derecho a la cobertura del Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Ley Sanna y Salud (Fonasa e Isapres).

Cobertura para trabajadores a honorarios que declararon

Para este efecto, la cotización se vincula a la declaración anual de impuesto a la renta efectuada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), quien determina los montos de cada cotización e informa a la Tesorería General de la República (TGR), para transferir estos pagos a las entidades previsionales correspondientes.

Así, este grupo de trabajadores ya no tiene que pagar sus cotizaciones de seguridad social en forma mensual, ya que el pago es anual y cubre hacia adelante. 

En la Operación Renta de abril de 2024, quienes pagaron sus cotizaciones por las rentas del 2023 obtendrán la nueva cobertura que se extenderá entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025.

La ley otorga beneficios preventivos, médicos y económicos en caso de accidentes del trabajo, trayecto y enfermedad profesional.

Beneficios para trabajadores a honorarios

Los beneficios para trabajadores a honorarios que declararon son:

Beneficios médicos en caso de enfermedad o accidente laboral

El ISL gestiona servicios médicos que permiten la recuperación de las y los trabajadores adheridos al Instituto.

Los beneficios médicos son los siguientes:

  • Atención médica, quirúrgica y dental.
  • Hospitalizaciones.
  • Medicamentos.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos.
  • Rehabilitación física.
  • Reeducación profesional.
  • Readecuación domiciliaria.
  • Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estos beneficios.

Los gastos de traslado y otros necesarios, serán procedentes sólo en caso que la víctima se encuentre impedida de valerse por sí misma, o deba efectuarlos por prescripción del médico tratante.

Beneficios económicos

El ISL entrega prestaciones económicas en caso de un accidente de trabajo, accidente de trayecto o enfermedad profesional, que ocasione a una o un trabajador adherido al Instituto algún grado de incapacidad o la muerte.

La prestación económica, según corresponda, la recibirá el propio trabajador(a), viuda(o), hijo(s) y ascendientes reconocidos como carga familiar.

Entre las prestaciones económicas que establece la Ley 16.744 se encuentran: el subsidio de incapacidad laboral, indemnización por accidente y enfermedad laboral, pensión por invalidez laboral, pensión por sobrevivencia, entre otras.