11 DE AGOSTO DE 2022

Desde hoy empieza a regir la nueva normativa de vidrios polarizados: estos son los nuevos porcentajes de paso de luz que se deben cumplir

A los vehículos que no cumplan con el porcentaje de paso de luz establecido en el nuevo reglamento, se les rechazará la revisión técnica.

Con el fin de fomentar una conducción seguridad, y luego de tres meses de marcha blanca, el ministerio de Transportes y Telecomunicaciones informó sobre el inicio de la nueva normativa que regula el uso de vidrios polarizados.

La norma busca asegurar que los vidrios de visión directa sean lo suficientemente transparentes, sin causar distorsiones apreciables de los objetos, vistos a través de ellos y no dar lugar a ninguna confusión en los colores utilizados en los semáforos y en las señales de tránsito.

A continuación, algunas de las preguntas más frecuentes sobre la norma:

- ¿Cuándo comienza a regir la nueva normativa sobre los vidrios polarizados?

- La norma se encuentra vigente desde el 11 de marzo de 2020, sin embargo la verificación del factor de transmisión regular de la luz (FTRL) se inició en las plantas revisoras el 11 de mayo de 2022 y se estableció un periodo de marcha blanca de 3 meses para informar a la ciudadanía. A partir del 11 de agosto de 2022 comienza a regir en su totalidad la nueva normativa sobre vidrios polarizados emitida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Esto significa que se va a inspeccionar este aspecto en las Plantas de Revisión Técnica, por lo tanto, en la próxima revisión que le corresponda a tu vehículo, será exigencia cumplir con el reglamento, de lo contrario, el vehículo será rechazado.

- ¿En qué consiste la nueva normativa sobre vidrios polarizados?

- La normativa permite adherir en los vidrios de los vehículos láminas oscuras o polarizadas siempre cuando cumplan con el FTRL establecido en el reglamento. En el caso de los vehículos livianos el FTRL es de 70% en los vidrios laterales delanteros y 28% en los vidrios laterales traseros y luneta, en ambos casos con un margen de 5%. En todos los casos, la lámina debe contar con un sello en relieve e indeleble con el FTRL, el nombre y RUT del instalador. No se pueden colocar láminas en el parabrisas.

- ¿Qué prohíbe la normativa?

- La normativa prohíbe las láminas reflectivas, metálicas o espejadas; las láminas color ámbar, amarillo, rojo o azul, en cualquiera de sus matices; la láminas sobre vidrios oscurecidos o tinteados en vidrios que de fábrica están permitidos, las láminas con imperfecciones, las láminas adheridas en la superficie externa de los vidrios o no instaladas en un sólo paño.

- ¿Qué establece la norma?

- La norma establece el cumplimiento de un factor mínimo de transmisión regular de la luz, para el conjunto vidrio/lámina, según el tipo de vehículo, que se detalla en la siguiente tabla:

Gráfica con los nuevos porcentajes de transmisión de luz que deben tener los vidrios de los vehículos