27 DE OCTUBRE DE 2021

Sala de la Cámara despacha proyecto de ley que permite dar continuidad al sistema de justicia luego del atochamiento a causa de la pandemia

Por unanimidad, la Sala de Diputadas y Diputados, aprobó el proyecto que permitirá modificar la actividad judicial, para solucionar los problemas de congestión de casos, provocados por la situación sanitaria en el país. Además, considera medidas para evitar la presencia física en ciertas situaciones.

Por unanimidad, la Sala de Diputadas y Diputados, aprobó el proyecto de ley que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, instancia que contó con la presencia del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín.

Tras esta aprobación, la iniciativa pasa a tercer trámite al Senado, por lo que el Ejecutivo espera que en el corto plazo, sea Ley de la República.

“En forma unánime, la Cámara de Diputados aprobó nuestro proyecto que busca modificar la actividad judicial, de manera de poder ponerse al día en la congestión, en el atochamiento que ha habido producto de la pandemia. Se han aprobado las normas que van a hacer posible la reactivación de los procesos judiciales en lo civil, en el ámbito de la familia, en el ámbito laboral, también penal, de modo de poder ir normalizando, poco a poco, el acceso a la justicia y el acceso a la buena decisión judicial. Esperamos que este proyecto termine su tramitación en el Senado próximamente, de manera que el primero de diciembre, como estamos comprometidos, sea ley; y podamos así enfrentar esta transición hacia la normalidad, con normas de eficiencia, de vía remota, de tramitación electrónica, facilitándole la vida a la gente”, sostuvo el secretario de Estado tras concluir el debate.

Antecedentes del Proyecto

Dentro de las reformas aprobadas, se distinguen aquellas tendientes a procurar una mayor eficiencia del sistema de justicia, además de aquellas que buscan limitar la presencia física de las personas en tribunales por motivos sanitarios:

Reformas a la justicia penal:

• Nueva oportunidad para solicitar y decretar el procedimiento abreviado, los acuerdos reparatorios, la suspensión condicional del procedimiento y el arribo de convenciones probatorias. Creación de una audiencia intermedia para tal fin.

• Obligatoriedad de comparecencia del imputado a la audiencia de preparación de juicio oral. Con ello se busca fomentar la aplicación de salidas alternativas al juicio oral y la celebración de procedimientos abreviados.

• Ampliación permanente del plazo para redacción del fallo, en caso de que su vencimiento coincidiere con un día domingo o festivo

• Se amplían los plazos para la realización de audiencias, para la redacción de sentencias y para la interposición de recursos.

• En materia de responsabilidad penal adolescente, y considerando necesario extender el uso de los mecanismos alternativos al juicio oral, se limita la extensión de la suspensión condicional del procedimiento, desde los 6 meses con un tope de 1 año

Reformas a la justicia civil, laboral y de familia:

• Se elimina la figura de las tachas de los testigos (causales de inhabilidad).

• Se refuerza la mediación y los métodos alternativos resolución de conflictos. Se faculta, además, la realización de audiencias de mediación remotas por videoconferencia con el acuerdo de las partes.

• Se racionaliza el uso de las audiencias, en algunos asuntos sencillos de resolver en Tribunales de Familia. Así por ejemplo, en divorcio, se resolverán automáticamente las demandas de mutuo acuerdo.

• Se amplía la cobertura del procedimiento monitorio laboral, aumentando su cuantía, de modo de canalizar más juicios del trabajo por esta vía, permitiendo la resolución de un mayor número de causas pendientes a través de un procedimiento más ágil y concentrado.

Asimismo, se plantean propuestas para limitar la presencia física de las personas:

En materia de justicia penal:

• Posibilidad de que el tribunal decrete el desarrollo de audiencias vía remota, incluyendo la audiencia de juicio oral ordinario y de juicio oral simplificado, siempre y cuando tal modalidad no afecte las garantías básicas del debido proceso.

En materias de justicia civil, laboral y de familia:

• Se regula para civil, laboral y de familia una modalidad de funcionamiento extraordinario y transitorio de los tribunales por un periodo máximo de un año, a través de audiencias y alegatos remotos, como régimen obligatorio, tras el cese del estado de excepción constitucional.

• Se facilita la constitución del mandato judicial, permitiendo el uso de firma electrónica simple.

• Se simplifican las notificaciones y se promueve su uso electrónico.

• Se establece la posibilidad de que las subastas públicas puedan realizarse por medios remotos, en la medida en que el juez así lo decrete.

• Se faculta a los tribunales a efectuar los pagos que se deban realizar por medio de transferencia electrónica. En la actualidad el tribunal sólo puede realizar el pago a través del giro de cheques.

• Se permite el juramento de peritos y auxiliares de la administración de justicia por vía remota.