11 DE MARZO DE 2020

Superintendencia de Salud: Isapres no pueden excluir cobertura por la declaración de pandemia

El contrato de salud previsional que suscriben las y los cotizantes con las Isapres, “forma parte de la seguridad social y de la protección del derecho a la salud, por lo que no podrían, en ningún caso, excluirse su cobertura por la declaración de pandemia, emergencia sanitaria u otra calificación similar”.

Este miércoles 11 de marzo la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró oficialmente la pandemia global de coronavirus (Covid-19), que en la actualidad afecta a 118 países, incluido Chile.

En este sentido la Superintendencia de Salud recuerda a las afiliadas y afiliados al sistema privado de Salud, Isapres, que "las exclusiones de cobertura están taxativamente enumeradas en el artículo 190 del DFL1 de 2005, de Salud, dentro de las cuales no se contempla que las Isapres se excusen de cubrir las prestaciones por una enfermedad declarada como pandemia".

Cabe recordar que el contrato de salud previsional que suscriben las y los cotizantes con las Isapres, "forma parte de la seguridad social y de la protección del derecho a la salud, por lo que no podrían, en ningún caso, excluirse su cobertura por la declaración de pandemia, emergencia sanitaria u otra calificación similar".

El 27 de febrero la Intendencia de Fondos entregó a las Isapres la Circular N°6, que hizo presente de la codificación por parte de Fonasa del examen de detección del coronavirus, les recordó que "deben contemplar las prestaciones y la cobertura financiera que se fije, de acuerdo a lo dispuesto en el Régimen General de Garantías de Salud".

Además, el martes 10 de marzo, la Intendencia de Prestadores hizo llegar a clínicas y hospitales la Circular N°2 en que se enfatiza el deber de "mantener información de libre acceso sobre el valor" de la prestación correspondiente a la prueba específica del COVID-19; como asimismo "dar estricto cumplimiento a las normas sobre control y prevención de infecciones"; y a "establecer todas las medidas y procedimientos necesarios para respetar y proteger la privacidad de las personas".

La Superintendencia de Salud seguirá en su tarea y obligación de fiscalizar el buen otorgamiento de lo establecido en los planes de salud y beneficios adicionales otorgados por las Isapres. Y en los próximos días se entregará una nueva circular reafirmando lo señalado en la ley.