19 DE ENERO DE 2023

Registro de Deudores de Alimentos: A dos meses de su implementación ya figuran 14.512 inscritos

Ministerio de la Mujer destacó la importancia de esta ley como herramienta efectiva de pago y recalcó el trabajo realizado para entregar más atribuciones a la Comisión del Mercado Financiero (CMF) para fiscalizar el cumplimiento de la normativa.

Lámina con la leyenda Regional Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos cumplió dos meses de plena vigencia y durante este tiempo ya hay un total de 14.512 inscritos, según lo informó la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana.

El registro es un listado electrónico que promueve el pago de estas deudas respecto de quienes tengan impagos tres meses consecutivos o cinco discontinuos.

Una de las consecuencias de figurar en el registro es la retención del dinero de operaciones de crédito, por montos superiores a 50 UF, con el fin de pagar la pensión adeudada.

Al respecto, la ministra Orellana destacó que del total de registrados a la fecha, 14.091 corresponden a hombres y 421 a mujeres. En ese sentido, resaltó el trabajo realizado por su ministerio para fortalecer y entregar más atribuciones a la Comisión del Mercado Financiero (CMF), esto con el objetivo de que dicho organismo sancione y fiscalice el real cumplimiento de la norma por parte de las instituciones encargadas de retener dineros a los infractores.

 

“Esto es beneficioso tanto para quienes buscan el pago de las pensiones de alimentos, porque si no se cumplen los apremios, tienen una vía clara de reclamo, así como para el sector financiero, porque tienen mayor certeza jurídica respecto de cómo funciona el registro”, explicó la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana.

 

Por su parte, desde la CMF se destacó que “se está preparando para asumir esta nueva función, sin perjuicio de seguir dispuesta a colaborar con el Comité de Coordinación y Evaluación de este registro, liderado por el Ministerio de la Mujer”.

Según la ley, los proveedores de servicios financieros deben consultar el registro y, en caso de que el cliente esté inscrito, deberá retener fondos para pagar la deuda al alimentario, depositando esos recursos en la cuenta bancaria que corresponda. El proveedor que incumpla será sancionado con una multa, a beneficio fiscal, equivalente al doble de la cantidad que debió retener y pagar.

Otras consecuencias 

Otra de las consecuencias de ser parte del registro es que se impide la renovación de sus licencias de conducir y/o pasaportes. Además, en caso de que el deudor pueda acceder a beneficios económicos del Estado, estos fondos se destinarán al pago, mientras que los empleadores de quienes sean deudores podrán descontar los montos de las liquidaciones de sueldo para pagar la deuda de pensión de alimentos.

En caso de enajenarse inmuebles o vehículos motorizados, se inscribirá la transferencia por parte del Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil solamente si es que el deudor acredita que con las ganancias de la venta se pagarán las pensiones adeudadas.

También se retendrá la devolución de impuestos, de la misma forma en que se retendrá un porcentaje del sueldo si es que el deudor ejerce algún cargo en algún organismo público, al igual que en cargos de elección popular y de Alta Dirección Pública. Cuando corresponda, dicha deuda deberá ser informada en la Declaración de Intereses y Patrimonios.

▶ Más información: www.gob.cl/registrodedeudores/.