5 DE FEBRERO DE 2019

Desde este 12 de febrero se cobrarán multas a quienes no inscriban a sus mascotas en registro nacional

La inscripción e identificación de las mascotas (mediante un dispositivo interno o uno externo como placa o tatuaje) es obligatorio y se puede realizar en el sitio registratumascota.cl o de manera presencial en las municipalidades. Quienes no hayan hecho el trámite se exponen a multas que van de 1 a 30 UTM por incumplimiento de la Ley de Tenencia Responsable.

El próximo martes 12 de febrero entra en vigencia la obligación que tienen todas las personas de registrar e identificar a sus animales de compañía, tal como lo contempla el Reglamento de Tenencia Responsable de Mascotas que se publicó en el Diario Oficial en agosto del año pasado.

En este sentido, quienes tengan mascotas y no las hayan registrado y no estén con la debida identificación (interna o externa), se arriesgan a multas y sanciones. 

Es importante destacar que quienes compren o adopten mascotas después del 12 de febrero tendrán un plazo de 90 días para realizar el proceso de identificación e inscripción.

 

¿Cómo registrar a las mascotas?

Para incorporar a las mascotas o animales de compañía al Registro Nacional, las personas tienen dos posibilidades para realizar el registro:

► Presencial: asistiendo directamente a la municipalidad correspondiente, con el certificado de un Médico Veterinario que dé cuenta de las características, condiciones y el número de microchip del animal.
► Virtual: ingresando a la página web registratumascota.cl. En este caso, la persona debe contar con Clave Única para llenar el formulario y el certificado veterinario que dé cuenta de las características y condiciones del animal a registrar y el número del microchip del animal, ya que es el único sistema de identificación permanente.

 

¿Qué documentos se requieren para inscribir a las mascotas en el Registro?

Para inscribir el animal se requieren los siguientes documentos: documento firmado por un veterinario con los datos de identificación del animal, documento que acredite el dominio del animal y documento que declare que la persona no tiene inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales. Todos ellos se pueden descargar gratuitamente en www.tenenciaresponsablemascotas.cl/biblioteca-digital

 

¿Cuáles son las formas de identificar a las mascotas?

Las mascotas se pueden identificar de dos formas:

1) Dispositivo interno (microchip): es una cápsula pequeña, del tamaño de un grano de arroz, que es depositada debajo de la piel del animal por un Médico Veterinario y que dura más de 20 años. Este dispositivo tiene un código único de 15 dígitos y permite asociar a dicho código todos los datos del animal y de su responsable. Este procedimiento no implica mayores riesgos en la salud del animal y produce una mínima incomodidad en su aplicación.

2) Dispositivo externo: según el reglamento es factible identificar a la mascota con un dispositivo distinto al microchip que puede ser un dispositivo externo como un collar, chapita, tatuaje u otro que sea adecuado para la especie y tamaño del animal. Esto deberá quedar estipulado en el formulario del registro, en la sección 'Tipo de Identificación', donde al seleccionar la opción ‘Externo’, se asignará un código de 6 dígitos alfanuméricos que será enviado al correo electrónico del usuario y que es el que que debe portar el animal en el dispositivo externo. Asimismo, el trámite se puede realizar presencialmente en la municipalidad, y se le entregará el código al finalizar. En ambas modalidades de registro (en línea y presencial) es necesario adjuntar/acompañar el Comprobante de Existencia del animal.


Todas las preguntas frecuentes sobre la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, en este enlace