14 DE JUNIO DE 2022

Desde este martes las MiPymes ya pueden solicitar el subsidio al sueldo mínimo

  • A partir de este martes 14 de junio se encuentra disponible en www.sii.cl el formulario para acceder a este beneficio, que también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades.

  • Se solicita una sola vez y es de carácter retroactivo. Al ingresar a la plataforma, las empresas podrán conocer automáticamente si accederán o no al beneficio.

Gráfica con fotografía de mujer promocionando el Subsidio Sueldo Mínimo MiPymes

Desde hoy martes 14 de junio, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MyPymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones u otras) y comunidades (como las comunidades de copropiedad inmobiliaria), pueden solicitar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos el subsidio al sueldo mínimo para MiPymes.

Este beneficio que es parte del Plan Chile Apoya del gobierno, tiene como objetivo apoyar a estas empresas para que puedan pagar a sus trabajadores y trabajadoras el nuevo ingreso mínimo establecido en la Ley N°21.456, es decir, un monto de $380.000 desde mayo, $400.000 a partir de agosto de este año, y $410.000 a partir de enero de 2023 en caso que aumente el IPC anual a más de un 7%.

Este subsidio es temporal, ya que se aplicará hasta abril de 2023, como una forma de apoyar a las empresas en la adaptación y aplicación del nuevo sueldo mínimo.

¿Qué MiPymes pueden acceder al subsidio?

Las empresas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022, como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
  • Aquellas que tengan ventas y servicios superiores a 0,1 UF e iguales e inferiores a 100.000 UF en 2021.
  • Las que cuenten con 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo al periodo contemplado en la Ley N° 21.456.
  • Se encuentren constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
  • Las que sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
¿Cuánto será el monto de subsidio por trabajador o trabajadora?

El subsidio al que cada empresa puede acceder considera un monto de:

  • $22.000 por trabajadora o trabajador entre mayo y julio de 2022.
  • $26.000 por trabajadora o trabajador entre agosto de 2022 y abril de 2023.
  • $32.000 por trabajadora o trabajador entre enero y abril de 2023 (solo si el sueldo mínimo sube a $410.000).
¿Cómo solicitar el beneficio?

El subsidio se solicita por una sola vez, desde el 14 de junio de 2022, a través de la plataforma del SII y existirá un plazo de 90 días para solicitarlo. Si el inicio de actividades es posterior al 30 de abril de 2022, también tendrán un período de 90 días para realizar la solicitud.

Transcurrido ese periodo, la plataforma del SII estará habilitada a partir del décimo día de cada mes y hasta el último día de dicho periodo, para consultar el estado del monto y pago de las solicitudes en curso.

En el primer mes del beneficio, la empresa accederá de manera retroactiva al subsidio correspondiente a mayo de 2022, 15 días después de ingresada su solicitud.

El beneficio de junio de 2022 y de los siguientes meses hasta abril de 2023, se pagarán automáticamente hasta el último día hábil del mes.

Para acceder al beneficio, las empresas solo deben ingresar el Rut, con el cual el sistema realizará los cruces correspondientes con la información de la AFC y del inicio de Actividades e ingresos por ventas y servicios, disponible en el mismo SII.

¿Cuándo se pagará el subsidio?

El pago será realizado hasta 15 días después de aceptada la solicitud del beneficio.


▶ Solicita el subsidio al sueldo mínimo, AQUÍ