10 DE AGOSTO DE 2022

Conozca los alcances del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que entra en vigencia en noviembre

La nueva normativa es sumamente estricta y promoverá y garantizará el cumplimiento del pago a través de una serie de medidas, relacionadas a la solicitud de créditos, y renovación de licencias de conducir y pasaportes, entre otras.

Gráfica con dibujo de padres con un hijo, reforzando el llamado a ponerse al día con el pago de la pensión de alimentos

A partir del próximo 18 de noviembre, entrará en vigencia el nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, el cual, a través de una serie de medidas, agilizará el pago de estas importantes deudas.

El registro resulta vital, ya que fortalece las herramientas de recuperación de las deudas de alimentos, ampliándolas en virtud de la creación de este registro que genera deberes a distintos agentes, públicos y privados, de consultarlo, y de practicar las retenciones y pagos que correspondan a los alimentarios.

Así por ejemplo, quienes no hayan pagado tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas, entrarán al registro electrónico, el cual trae, entre otras, las siguientes consecuencias:

  • Al solicitar un crédito bancario por 50 UF o más, la entidad financiera retendrá los fondos para pagar la deuda.
  • Si la o el deudor, vende su inmueble o su vehículo, con las ganancias se pagarán los alimentos.
  • Los deudores no podrán renovar sus licencias de conducir ni sus pasaportes
  • Los deudores no podrán recibir beneficios públicos o bonos del Estado.
  • En la devolución de impuestos, la Tesorería General de la República retendrá el dinero adeudado.
  • Se establece como delito de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de pensiones alimenticias.
  • Si una persona es despedida de su puesto de trabajo, y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.
  • Cuando alguno de los tres poderes del Estado quiera realizar contrataciones o ascensos, si la persona en cuestión tiene alimentos pendientes, se le retendrá un porcentaje de su sueldo para cancelar la deuda. Dicha norma también se aplica para todos los cargos de elección popular y de alta dirección pública.

Respecto a las características de este registro, éste será 100% en línea y estará administrado por el Registro Civil. Además, solo se podrá salir de él, cuando se pague toda la deuda, o cuando se llegue a un acuerdo judicial que garantice el pago. Por último, podrán ingresar al registro, las instituciones públicas y privadas que mandata la ley.

Para proceder a la actualización de la deuda, el tribunal deberá informar mensualmente al Servicio el número de cuotas y monto adeudado.

Cabe destacar que la persona que tiene derecho a recibir la pensión de alimentos, no tendrá que realizar ninguna gestión judicial ni para actualizar su deuda ni para solicitar la inscripción del alimentante en el Registro ni para activar cualquiera de las medidas previstas para obtener el pago de los alimentos.

Para mayor información, puede visitar www.minjusticia.gob.cl.