29 DE AGOSTO DE 2022

Chile anuncia que ratificará el Convenio 190 de la OIT por un trabajo libre de violencia y acoso

Este convenio permitirá contar con mejores herramientas para abordar la igualdad y no discriminación en el mundo laboral de las y los trabajadores. 

Con la presencia del Presidente Gabriel Boric, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y la Canciller Antonia Urrejola, el Gobierno de Chile anunció que ratificará el Convenio 190 de la OIT, sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Se trata de la primera normativa internacional que aborda la violencia y el acoso en el ámbito laboral mediante un instrumento específico referido a las normas que regulan las relaciones laborales.

Esta fue adoptada en junio de 2019 en la Conferencia Internacional del Trabajo, donde el Estado chileno votó a favor. Es por esta razón que el Presidente dio a conocer que se enviará un proyecto de ley al Congreso en que nos comprometemos a cumplir con este Convenio.

Esta normativa se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, y en zonas urbanas o rurales, y beneficia principalmente a las mujeres que son quienes más sufren de acoso y violencia.

Por otra parte, tanto el Convenio 190 como la Recomendación 206 promueven la negociación colectiva como herramienta fundamental para las y los trabajadores para eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo y presentan una oportunidad de reformas internas y sindicales con un enfoque inclusivo y con perspectiva de género.

Cabe destacar que en Chile, el 25% de las denuncias sobre acoso en la Dirección del Trabajo en Chile son sobre acoso sexual, y un 92% de ellas, son realizadas por mujeres.

Obligaciones del convenio

El Convenio exige que los estados miembros adopten un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Este enfoque contempla la acción sobre la prevención, la protección, el control del cumplimiento, las vías de recurso y de reparación, la orientación, la formación y la sensibilización, y tiene en cuenta a los terceros como víctimas y también como autores de los actos.

El Estado de Chile, en caso de ratificar, quedará sujeto a los siguientes deberes:

a) Realizar un seguimiento y controlar la aplicación de la legislación.

b) Garantizar acceso a vías de recurso y reparación, así como a mecanismos y procedimientos de notificación y solución de conflictos.

c) Proteger la privacidad y confidencialidad de las personas implicadas.

d) Prever sanciones.

e) Prever que las víctimas tengan acceso efectivo a mecanismos de reclamación, asistencia, reparación y de solución de conflictos, con enfoque de género.