27 DE ENERO DE 2016

[ARCHIVO] Prepárate para el Subsidio de Arriendo 2016

► Este programa entrega un subsidio habitacional destinado a apoyar el pago del arriendo de una vivienda desembolsado por la familia arrendataria.

¿Cuándo empieza?

Desde el  01 de febrero hasta el 30 de noviembre 2016, se abren las postulaciones, con cierres mensuales y resultados a las pocas semanas.

¿A quién está dirigido?

El subsidio está pensado para familias que pertenezcan al 70% más vulnerable de la población, que necesiten una solución habitacional flexible, por un tiempo determinado, y que sean capaces de realizar un desembolso mensual destinado a pagar un arriendo.

¿Qué aportes entrega?

Corresponde a un aporte mensual máximo de 3 U.F., para ser utilizado en el pago de arriendo. De esta manera, la familia beneficiada debe pagar solamente la diferencia para completar el valor total del arriendo. El beneficio puede ser usado mensualmente de manera consecutiva, o fragmentada en un plazo de 8 años a partir de la publicación de seleccionados.

Nuevo beneficio: Al activar el contrato se hará un aporte adicional de 1 UF para financiar gastos operacionales generados al validar el contrato (copias de contrato tipo, certificados y gastos notariales).

Algunos requisitos para postular

    • Ser mayor de 18 años
    • Extranjeros solo deben presentar cédula de identidad para extranjeros
    • Postulante debe vivir al menos con cónyuge, conviviente o hijo
    • Sin embargo, pueden postular adultos mayores de 60 años que no tengan núcleo familiar
    • Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente. Durante el 2016 se permitirá volver a postular a las familias que postularon al programa durante el año 2014-2015 con la calificación socioeconómica a la fecha de su última postulación. Se permitirá máximo una postulación por Registro o Ficha en cada llamado
    • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación
    • Tener ingreso mensual del núcleo familiar, al menos 7 UF y no exceder las 25 UF
    • No ser propietario o beneficiario de otros programas habitacionales del MINVU

Revisa más requisitos e información en  www.subsidiodearriendo.cl