26 DE FEBRERO DE 2017

[ARCHIVO] Derechos de los trabajadores y trabajadoras ante corte de agua

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A raíz de las consecuencias del corte de agua potable que ocurre en la Región Metropolitana, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en conjunto con la Dirección del Trabajo señala lo siguiente:

Según la normativa vigente, el empleador debe garantizar las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que significa que el establecimiento debe contar con agua potable para el consumo de sus trabajadores y debe disponer de servicios higiénicos con agua para que puedan funcionar.

En caso de no poder asegurar estas condiciones de funcionamiento básicas, sea por las vías regulares de suministro o a través de métodos de emergencia, los trabajadores no pueden seguir desarrollando sus funciones y el empleador debe tomar las medidas necesarias para suspender las faenas.

Por último, hacemos un llamado a los empleadores a actuar con la mayor responsabilidad para asegurar condiciones sanitarias adecuadas, entendiendo que se trata de caso de fuerza mayor. Por lo mismo, el llamado a evaluar sus condiciones de trabajo, revisar horarios de entrada o salida de trabajadores, y suspender las faenas en caso de no existir las condiciones sanitarias adecuadas.