21 DE DICIEMBRE DE 2016

[ARCHIVO] Congreso despacha proyecto que permitirá, por primera vez, la elección directa de Gobernadores Regionales

El Ministro Nicolás Eyzaguirre destacó que con esta aprobación se cumple con una promesa de campaña de la Presidenta Michelle Bachelet.

Por primera vez en la historia de nuestro país, el sufragio universal será la forma en que la ciudadanía elegirá a sus gobernadores regionales (intendentes). Esto luego que la sala de la Cámara aprobara el informe de la comisión mixta y la iniciativa fuera despachada por el Parlamento.

Para el Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, este es un gran avance en materia de descentralización y enfatizó que “la Presidenta Bachelet recorrió el país durante su campaña señalando que la elección popular de intendentes, hoy gobernadores regionales, sería parte de su programa de gobierno y hoy día lo hemos hecho realidad”.

“El despacho de esta ley es motivo de enorme satisfacción, porque hoy hemos comenzado a dar el paso definitivo para que los problemas propios de las regiones puedan ser decididos por autoridades directamente elegidas por los ciudadanas y ciudadanos de esas regiones”, recalcó el Secretario de Estado.

La reforma despachada del Congreso fija que la elección de los gobernadores se realizará en forma conjunta con la de los consejeros regionales y establece que para asumir el cargo, el candidato deberá obtener al menos el 40% de los votos válidamente emitidos. Si no se llegara a ese porcentaje las dos primeras mayorías se enfrentarán en una segunda vuelta.

Respecto a la primera elección de gobernadores regionales, el Ministro Eyzaguirre aseguró que es necesario que “el Congreso nos acompañe en la aprobación, al más breve plazo de la ley orgánica constitucional de elecciones y lo que en este momento está en su último trámite en el Senado: la ley orgánica de competencias”.

  • La figura del Gobernador Regional reemplaza al actual intendente, por lo que presidirá el Consejo Regional y le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.
  • El Gobernador Regional en conjunto con los consejeros regionales (cores) constituyen el Gobierno Regional.
  • El representante del Presidente de la República en la región será el Delegado Presidencial Regional y, en las provincias, los Delegados Presidenciales Provinciales.
  • Le corresponderá al Delegado Presidencial Regional, la coordinación y supervigilancia de los servicios públicos nacionales no descentralizados con presencia en aquella.
  • Establece que, para que un  gobernador regional,  delegado presidencial  regional  y   delegado presidencial  provincial  puedan ser candidatos a diputados y a senadores, deberán renunciar un año antes de la respectiva elección, para evitar que usen sus cargos con fines electorales.
  • La máxima autoridad regional podrá estar sujeto a una posible acusación constitucional en los mismos términos y formalidades que el cargo de Presidente o Presidenta de la República. Es decir, un eventual libelo acusatorio debiera ser presentado por la mayoría absoluta de los diputados y la declaración de culpabilidad será aprobada por, al menos, 2/3 de los senadores.