Listo para convertirse en ley quedó proyecto que regula mal uso de licencias médicas
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó por 93 votos a favor y 1 abstención, el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que sanciona el uso de las licencias médicas falsas.
De esta forma, el texto legal cumplió su último trámite en el Congreso y fue despachado al Ejecutivo para su promulgación.
Una vez que entre en vigencia el Estado contará con atribuciones y facultades para garantizar el uso correcto de este instrumento terapéutico y terminar con un fraude a las arcas fiscales que provoca pérdidas anuales de al menos 250 millones de dólares, dinero con el que se podría construir un hospital cada año en el país.
A través de esta ley se creará un instrumento jurídico que permitirá sancionar a los abusadores del sistema a través de la creación de una figura penal nueva. Esto supone un cambio relevante ya que en la actualidad este tipo de delitos se perseguían con figuras legales como “falsificación de instrumento público”, lo que en la práctica no permite sancionar de manera adecuada a los infractores del sistema.
Cabe destacar que este proyecto de ley se inició a través de un mensaje de la ex Presidenta Michelle Bachelet e ingresó a tramitación en el Congreso Nacional el 28 de diciembre de 2009.
Protección a los trabajadores
A través de estas sanciones, la ley busca proteger, en primer término, a los trabajadores chilenos. Esto, porque el uso inadecuado o fraudulento de este subsidio afecta directamente los recursos disponibles para financiar las prestaciones médicas preventivas y curativas que deben recibir por ley todas las trabajadoras y trabajadores.
Contempla, además, la necesidad de fortalecer la capacidad de los organismos públicos y privados para compartir la información que permita un mayor control y un más eficiente ejercicio de las facultades de fiscalización, siempre con resguardo de la debida confidencialidad que los datos de salud de las personas merecen.
Sanciones
La normativa permitirá establecer sanciones severas y claras en contra de aquellos profesionales de la salud que hagan mal uso del otorgamiento de licencias médicas, las instituciones que alienten esa mala práctica y también para quienes soliciten de manera fraudulenta este beneficio.
El proyecto establece nuevas facultades de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez para que puedan controlar y fiscalizar de manera más eficiente la emisión de las licencias médicas que realizan los facultativos autorizados, previniendo el otorgamiento abusivo del instrumento.
Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez podrán, por ejemplo, solicitar a los profesionales que emitan licencias médicas, la entrega o remisión de los antecedentes o informes complementarios que las respalden y, en casos excepcionales y por razones fundadas, los citará a una entrevista para aclarar aspectos de su otorgamiento.
Si los profesionales no asisten en reiteradas oportunidades o en los plazos fijados, se les podrá sancionar con multas de hasta 10 unidades tributarias mensuales y en casos calificados, podrá suspenderse tanto la venta de formularios de licencias médicas, como la facultad para emitirlas, hasta por 15 días.
En los casos en que el profesional habilitado para otorgar licencias médicas emita licencias con evidente ausencia de fundamento médico, la Superintendencia de Seguridad Social, de oficio o a petición de la Secretaría Regional Ministerial de Salud o de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez respectiva, del Fondo Nacional de Salud o de una Institución de Salud Previsional o de cualquier particular, podrá, iniciar una investigación.
Si se comprueba que las licencias son falsas se podrán aplicar multas de hasta 7,5 unidades tributarias mensuales ( y el doble si es conducta reiterada); suspensión hasta por 30 días de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa de hasta 15 unidades tributarias mensuales; suspensión hasta por 90 días de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 30 unidades tributarias mensuales, en caso de segunda reincidencia; suspensión hasta por un año de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 60 unidades tributarias mensuales, en caso de tercera reincidencia.
No obstante, si el profesional otorga una o más licencias médicas, encontrándose previamente suspendida su facultad para emitirlas, será sancionado con una multa a beneficio fiscal de entre 10 y hasta 80 unidades tributarias mensuales y deberá reembolsar al organismo administrador que corresponda el equivalente al subsidio por incapacidad laboral por el reposo prescrito.
En el proyecto también se consideran multas para el contralor médico de una Isapre que rechace o modifique una licencia médica sin justificación.
Otro aspecto relevante del proyecto es que a partir de su promulgación tanto el Ministerio de Salud como el Ministerio del Trabajo podrán establecer guías clínicas referenciales relativas a exámenes, informes y antecedentes que respalden la emisión de las licencias médicas.
