12 DE JUNIO DE 2017

[ARCHIVO] Conoce las novedades de la ley de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad

La nueva ley de Inclusión Laboral exige la reserva del 1% de empleos para personas en situación de discapacidad, en empresas públicas y privadas con 100 o más trabajadores y trabajadoras. Aquí te contamos detalles de esta importante iniciativa del Gobierno.

La ley  de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad que entrará en vigencia a más tardar en diciembre de este año, es uno de los compromisos cumplidos del Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet y sitúa a nuestro país en el cambio cultural de la no discriminación, equidad y protección social. ¡Pasa a leer sus puntos más relevantes!

¿Qué garantiza la ley?
  • Una reserva de empleos del 1% para personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en organismos públicos y empresas con 100 o más trabajadores.
  • Respeto a la dignidad de las personas con discapacidad mental, permitiendo que accedan a una remuneración más digna con la base del sueldo mínimo.
  • Se prohíbe toda discriminación hacia personas con discapacidad.
  • Las personas en situación de discapacidad contarán con garantías en los procesos de selección laboral del Estado.
¿Qué se necesita para ser beneficiario?

Poseer una Pensión de Invalidez de cualquier régimen previsional o tener cualquier discapacidad calificada previamente por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), dependientes del Ministerio de Salud y a las instituciones públicas o privadas, reconocidas para estos efectos por ese Ministerio.

► Infórmate aquí los requisitos para ser beneficiario de la Pensión de Invalidez.

“Ponemos otro ladrillo en el sistema de protección social que construimos día a día, abriendo oportunidades laborales para quienes tienen que hacer un esfuerzo mayor para surgir. Para este gobierno, ese es el sentido de lo público: no excluir a nadie. Eso es lo que nos ha guiado y seguirá guiando nuestras políticas públicas hasta el último día”.

Presidenta Michelle Bachelet, 8 de junio del 2017.

¿Las empresas pueden privilegiar una discapacidad por sobre otra al momento de contratar?

No. Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación. Uno de los puntos centrales de la ley es erradicar la discriminación arbitraria y no permitir la violación al principio de igualdad de oportunidades.

“Con esta ley estamos proporcionando más protección social, pero también estamos proporcionando dignidad para las personas en situación de discapacidad que en nuestro país representan 2 millones 600 mil personas, por tanto este es un día alegre para Chile”.

Marcos Barraza, Ministro de Desarrollo Social.

¿Quienes fiscalizarán el cumplimiento de la ley?
  • En el sector privado la fiscalización queda a cargo de la Dirección del Trabajo, quien llevará un registro actualizado de los contratos de trabajo celebrados por las empresas con las personas con Discapacidad o pensionados por invalidez.
  • Para los organismos públicos, existirá un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que establecerá los parámetros, procedimientos y demás elementos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones consignadas o para justificar su excusa.
¿Qué rol cumple el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis)?

En el caso que no sea posible que una empresa o entidad pública cumpla la dotación del 1%, deben enviar un informe fundado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad, explicando las razones para ellos. De todas formas, solo se considerarán justificaciones fundadas, aquellas relativas a la naturaleza de las funciones, no contar con cupos disponibles en la dotación de personal y la falta de postulantes que cumplan con los requisitos respectivos.