3 DE OCTUBRE DE 2014

Nueva ley otorga permiso a trabajadoras y trabajadores para realizarse exámenes de mamografía y de próstata

Con la nueva norma, los trabajadores y trabajadoras podrán realizarse estos exámenes preventivos durante la jornada laboral, sin que sea descontado de su sueldo. Autoridades destacaron labor de Fundación Arturo López Pérez en prevenir el cáncer.

Una modificación al Código del Trabajo permitirá que los trabajadores y trabajadores tengan permiso para efectuarse mamografías y exámenes de próstata, respectivamente. El cáncer de mamas y de próstata son las principales causas de muerte en Chile, por lo que la nueva ley beneficiará a muchas personas, tal como indicó la Ministra del Trabajo, Javiera Blanco: “Lo que estamos haciendo es crear la obligación para que todas las mujeres sobre los 40 años y los hombres sobre los 50 años, tengan la posibilidad de hacerse exámenes preventivos”.

¿Qué implica la nueva ley?

  • El empleador está obligado a entregar medio día de la jornada al año para que los trabajadores se realicen mamografías y exámenes de próstata. Se podrá incluir también otros exámenes de medicina preventiva, como el papanicolau.
  • El trabajador debe avisar con una semana de anticipación al empleador y luego llevar un comprobante que permita certificar la realización del examen en la fecha estipulada.
  • El tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes, será considerado como trabajado para todos los efectos legales; este permiso no podrá ser compensado en dinero, ni durante ni al término de la relación laboral, entendiéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario.
  • De ser necesario, el tiempo para realizar estos exámenes será complementado con el tiempo suficiente para los traslados hacia y desde la institución médica, considerando las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de equipamiento médico necesario.

Quiénes acceden a este beneficio

  • Los trabajadores mayores de 50 años y trabajadoras mayores de 40 años con contrato de trabajo superior a 30 días. 
  • Los trabajadores y trabajadoras con contrato a plazo fijo, o para la realización de una obra o faena determinada, podrán ejercer este derecho a partir de los treinta días de celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante su vigencia.
  • Si los trabajadores están afectos a un instrumento colectivo que considere un permiso análogo, se entenderá cumplida la obligación legal por parte del empleador.

Esta norma tiene su origen en una moción parlamentaria presentada a la Cámara de Diputados con fecha 02 de noviembre de 2011, por los Diputados Osvaldo Andrade, Cristina Girardi, María José Hoffmann, Andrea Molina, Adriana Muñoz, Pascal, Karla Rubilar, Marcela Sabat, Vidal y Zalaquett.